El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Sevilla dictó el pasado lunes una sentencia en la que condena a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía a indemnizar a un menor de 6 años con 3.689,16 euros por las heridas sufridas en su colegio de la Puebla del Río, el Ceip Antonio Cuevas, tras tropezarse con una puerta de cristales cerrada que habitualmente está abierta.
El fallo de la magistrada es consecuencia de la demanda interpuesta por J.A.R. N. el padre del menor, que representa al hijo, bajo la dirección jurídica del letrado Antonio Álvarez-Dardet Lama , que no solo ha conseguido sus pretensiones —una indemnización de 3.689,16 euros — sino también la firmeza de la sentencia, la cual no admite, por tanto, recurso alguno.
La resolución deja claro que el accidente que sufrió el menor «trae causa de una inadecuada prestación del servicio público , no de la falta de atención o vigilancia del profesorado, sino de no haberse adoptado en el centro las medidas necesarias que impdiera a menores de corta edad, subir por unas escaleras que habitualmente utilizaban y encontrarse sorpresivamente con una puerta de cristales cerrada, cuando siempre estaba abierta».
El accidente tuvo lugar el 10 de junio de 2016 en el Colegio de Educación Infantil y Primaria (Ceip) Antonio Cuevas de La Puebla del Río en horario lectivo.
Fue en un edificio del centro en el que al niño no le correspondía estar en la hora del recreo sin presencia del personal docente . Solo estaba una madre del Ampa que le pidió que le ayudará a transportar unas sillas para la fiesta de fin de curso.
«Para ello —dice la sentencia— accedió a un aula desconocida para el alumnado, siendo el menor totalmente ajeno a los peligros que la misma podía suponer. En este caso, el peligro se hallaba en una puerta de cristales abatible que abrió y se volvió contra sí mismo. En un alarde de reacción y siendo incapaz de poder esquivarla, la intentó detener con el antebrazo», lo que provocó la fractura del cristal al introducirlo en la puerta.
Como consecuencia, el niño sufrió heridas incisocontusas que requirieron sutura. El padre pidió a la Consejería de Educación responsabilidad patrimonial pero fue desestimada.
Es más, la Administración alegó que el niño entró corriendo al edificio anexo sin permiso de ningún maestro y que empujó la puerta de cristal con tal fuerza que la atravesó con el brazo.
También defendió que ninguna madre del Ampa solicitó ayuda del niño. Todo eso lo hace en u n detallado informe del accidente en el que le echa la culpa de lo sucedido al menor y destaca que durante los días posteriores ni faltó a clase ni al comedor escolar. Además, aporta declaración escrita de tres madres del Ampa y dos maestros, testigos de los hechos.
El padre del niño ha mostrado a ABC su indignación precisamente por esto, por el hecho de qu e el colegio atribuya la culpa a su hijo y lamenta tener que haber llegado a los tribunales teniendo el centro un seguro y estando la justicia tan colapsada como está actualmente.
El peligro de las puertas de cristal
Tampoco pasa por alto el padre del menor, y esto lo reconoce el colegio en el citado informe, que a raíz del accidente se cambiaron las puertas de cristal por otras de metacrilato o chapa « por lo que se reconoce de alguna forma el peligro de las puertas de cristal para los menores del colegio».
«Pero vamos —bromea el padre del niño al que la justicia ha dado la razón— el colegio es todo de cristal porque la misma puerta de entrada ayer todavía era de cristal».